Los
congresistas renunciantes a sus grupos políticos ahora podrán formar una nueva
bancada, adherirse a otra o conformar una bancada mixta, si prueban que sus
disidencias fueron "por razones de conciencia" debidamente
justificadas, según el fallo emitido ayer por el Tribunal Constitucional (TC).
El
colegiado tomó esta decisión al declarar infundada, en parte, la demanda de
inconstitucionalidad presentada en abril pasado por 39 legisladores en contra
de la denominada 'Ley Antitránsfuga'. En ese entonces, parlamentarios de cuatro
de las seis bancadas existentes alegaron que las normas impugnadas, tres
disposiciones aprobadas mayoritariamente por Fuerza Popular, vulneraban el
derecho a la igualdad de los legisladores. Estas disposiciones establecían que
solamente podían ser elegidos miembros de la Mesa Directiva y de otras
instancias congresales aquellos que formaban parte de una bancada y aquellos
que se retiraban, renunciaban o eran separados o expulsados de su grupo
parlamentario no podían adherirse a otro bloque.
El
fallo del TC, aprobado por mayoría, cambia esas normativas. Ahora los
congresistas que renuncien a su bancada de origen podrán conformar nuevas
agrupaciones parlamentarias. La resolución a la letra dice: "Declarar
INFUNDADA la demanda de inconstitucionalidad respecto al artículo 1 de la
Resolución Legislativa 003-2017-2018-CR, siempre que el artículo 37 del
Reglamento del Congreso de la República se interprete en el sentido de que no
está prohibida la renuncia de los congresistas de las agrupaciones políticas en
el supuesto de disidencia por razones de conciencia debidamente justificadas.
De ello se desprende que los parlamentarios que se encuentren en dicha
situación podrán conformar un nuevo Grupo Parlamentario, adherirse a uno ya
existente o recurrir a la fórmula de configurar un Grupo Parlamentario
mixto".
Fuente: La República
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