martes, 9 de febrero de 2016

Si no cumplen con la Ley Universitaria, podrían recibir una multa de hasta S/ 1.1 millones


La universidad infractora puede perder hasta la licencia de funcionamiento


La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) publicó hoy la escala de sanciones para los diversos tipos de infracciones que pueden cometer las universidades. No respetar la gratuidad de la enseñanza de la universidad pública también será considerado muy grave.

Así, establece tres escalas de sanciones. Por infracciones leves, una multa no menor a 1 UIT (S/ 3950), hasta 30 UIT(S/ 118,500). Por infracciones graves, una multa mayor de 30 UIT (S/ 118,500), hasta 100 UIT (S/ 395,000), y también podría imponerse la suspensión de la licencia de funcionamiento de la universidad.

En caso de infracciones muy graves, la multa será mayor a 100 UIT (S/ 395,000), hasta las 300 UIT (S/ 1.185,000), y también podría darse la cancelación de licencia de funcionamiento de la casa de estudios. Mientras que contar con docentes ordinarios mayores de 70 años en las universidades públicas será una infracción leve.

Entre las diferentes infracciones que pueden darse la Sunedu señala que no cumplir lo dispuesto en la Ley Universitaria (Ley 30220), como el cambio de estatutos y elección de nuevas autoridades, constituye una infracción grave.


FUENTE: GESTIÓN.

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