
Una vez terminada la inscripción de los
candidatos a las elecciones municipales y regionales de octubre, una revisión
detallada a sus hojas de vida permite conocer sus antecedentes. La cifra de
postulantes con sentencias en los distritos de Lima asciende a 53 (de 692
candidatos), mientras que entre los aspirantes a gobernadores esta llega a 38
(de 367 candidatos).
La ley obliga a consignar en la hoja de
vida sentencias condenatorias firmes impuestas por delitos dolosos, incluidas
las que tienen reserva del fallo, así como las sentencias que declaren fundadas
las demandas por incumplimiento de obligaciones alimentarias, contractuales,
laborales o por incurrir en violencia familiar.
El incumplimiento de obligaciones
alimentarias es el rubro en el que más casos se acumulan: 16 demandados entre
los candidatos distritales en Lima y 19 entre los aspirantes a gobernadores
regionales. Algunos registran más de una demanda, como Jesús Paredes Cervantes
(Rímac), quien consigna seis fallos por alimentos: tres procedentes, uno
fundado, uno en proceso y uno archivado.
El candidato Víctor Vilela
(Independencia) fue sentenciado por incumplir con la pensión de alimentos. Su
condena de un año de prisión suspendida fue dictada en abril del 2017. Es
decir, la terminó de cumplir hace dos meses.
—
¿Quedan fuera?—
En la lista de candidatos distritales
con antecedentes también figura el ex alcalde de Breña José Gordillo, quien
consigna una sentencia dictada en agosto del 2017 por abuso de autoridad.
Gordillo registra que el fallo está “en cumplimiento”.
En las regiones, Absalón Vásquez
(Cajamarca), Pablo Fuentes (Puno) y Jacinto Gómez (Tacna) registran condenas
por peculado. Asimismo, los candidatos Javier Vega (Lima Provincias) y Víctor
Raúl Paredes (Los Olivos), por el delito de colusión.
Estos candidatos podrían estar impedidos
de postular según una norma dada por el Congreso en enero pasado. Según esta
ley, no pueden postular los condenados por los delitos de corrupción de
funcionarios, terrorismo, tráfico ilícito de drogas o violación de la libertad
sexual. La norma se aplica para sentencia consentida (cuando no se interpone
recurso) o ejecutoriada (cuando se agota la vía judicial).
Hasta la fecha, solo el Jurado Electoral
Especial (JEE) de Tacna ha solicitado la sentencia completa del candidato
Jacinto Gómez para determinar si la norma le alcanza. Esto debido a que la ley
tiene más parámetros: su aplicación se da para condenas por “la comisión, en
calidad de autor, de delitos dolosos de colusión, peculado o corrupción de
funcionarios”.
En el caso de Absalón Vásquez se suma el
impedimento de postular para los deudores de reparaciones civiles al Estado.
Pese a deber más de S/1 millón por peculado, según el registro del Ministerio
de Justicia, Vásquez ha solicitado al JEE de Cajamarca que no se le aplique la
norma.
Existen otros casos como el de Walter
Aduviri (Puno), quien postula pese a una condena de 7 años que, si bien fue
ratificada en segunda instancia, aún está en proceso de casación, con lo que la
ley no le alcanza. Aduviri ni siquiera consigna la condena en su hoja de vida.
—Mayor
rigurosidad—
Alejandro Rospigliosi, uno de los
fundadores del programa Voto Informado del Jurado Nacional de Elecciones,
recordó que, así como Aduviri, son varios los candidatos que no registran sus
condenas. “Por mentir en su hoja de vida, el JNE los puede denunciar por falsa
declaración”, recordó el abogado.
El secretario general de la Asociación
Civil Transparencia, Gerardo Távara, consideró que se debe evaluar si la actual
normativa cumple su propósito o si requiere ser más estricta. “La norma fue un
avance pero, a la luz de este proceso, es necesario evaluar si hay que elevar
la valla. Puede ser para ampliar los delitos o para no esperar una sentencia
condenatoria firme”, refirió Távara.
Percy Medina, jefe de IDEA
Internacional, recordó que los partidos cuentan con la herramienta de la
Ventanilla Única del JNE para revisar los antecedentes de las personas que
quieren postular.
Fuente: El Comercio
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