El
ente electoral falló en contra de ambas candidaturas confirmando la resolución
del JEE.
El
Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió declarar infundadas los recursos
de apelaciones presentados por los partidos políticos Alianza para el Progreso
(APP) y Todos por el Perú para mantener en la contienda electoral a sus
candidatos presidenciales, César Acuña y Julio Guzmán, respectivamente.
Con
este fallo que confirma la resolución del Jurado Electoral Especial (JEE) Lima
Centro 1, ambos líderes políticos quedan fuera del proceso electoral. Sin
embargo, cabe recordar que pueden presentar un recurso para que el pleno del
JNE revise su decisión.
Estas
son las resoluciones publicadas en el portal del JNE:
"Artículo
único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el partido
político Todos Por el Perú, representado por su personero legal Jean Carlos
Zegarra Roldán, y en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución N.°
019-2016-JEE-LC1/JNE, del 3 de marzo de 2016, emitida por el Jurado Electoral
Especial de Lima Centro 1, que declaró fundadas las tachas formuladas por los
ciudadanos Santiago Salas Ramírez, Carlos Enrique Ortiz Ñahuis, Hernando
Guerra-García Campos, Malzon Ricardo Urbina La Torre, David Jesús Quintana,
Nicanor Alvarado Guzmán, Antonio Sigifredo del Castillo Miranda, Walter Pedro
Villegas Limache y Gustavo Gutiérrez Ticse, Víctor Gabriel Hernández Cochachi,
y Luis Alfredo Aparcana Rodríguez; improcedente la solicitud de inscripción de
la fórmula presidencial y nula la Resolución Nº 002-2016-JEE-LC1/JNE del 24 de
febrero de 2016, que dispuso admitir la solicitud de inscripción de la referida
fórmula presidencial, en el marco de las Elecciones Generales 2016."
"Artículo
primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la alianza
electoral Alianza Para el Progreso del Perú y, en consecuencia, CONFIRMAR la
Resolución N.° 024-2016-JEE-LC1/JNE, del 4 de marzo de 2016, emitida por el
Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, que declaró la exclusión de César
Acuña Peralta como candidato a la Presidencia de la República por la citada
alianza electoral, en el marco de las Elecciones Generales 2016. Artículo
segundo.- Integrando la resolución impugnada del Jurado Electoral Especial de
Lima Centro 1 corresponde declarar IMPROCEDENTE la solicitud de inscripción de
la fórmula presidencial de la organización política Alianza Para el Progreso
del Perú, conforme a lo expuesto en el presente pronunciamiento. Artículo
tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales,
del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y del Jurado Electoral
Especial de Lima Centro 1 el presente pronunciamiento."
Fuente: CANAL N
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