La medida también alcanza el
distrito de Pastaza de la región de Loreto. Además de las jurisdicciones de
Condebamba y Gregorio Pita de la región de Cajamarca.
El Gobierno declaró hoy en estado
de emergencia la provincia del Alto Amazonas de la región Loreto y por
desastres ante la ocurrencia del sismo de 8 grados de magnitud sucedido la
madrugada del sábado.
La medida también alcanza el
distrito de Pastaza de la provincia del Datem del Marañon (Loreto). Además de
las jurisdicciones de Condebamba, provincia de Cajabamba y Gregorio Pita de la
provincia de San Marcos, de la región de Cajamarca.
Así lo dispone el Decreto Supremo
N° 098-2019-PCM publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El
Peruano que precisa que la declaratoria del estado de emergencia regirá por un
plazo de 60 días calendario.
La declaratoria de emergencia se
sustenta en el informe situacional Nº 00029-2019-INDECI/11.0 del Instituto
Nacional de Defensa Civil (Indeci) que señala que a consecuencia de del
movimiento sísmico ocurrido el 26 de mayo de 2019, en el distrito de Lagunas,
provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto, se han producido daños a la
salud de la población, así como afectación de las viviendas, infraestructura
pública y privada, servicios básicos y vías de comunicación.
Agrega que por este motivo resulta
“necesario la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, de respuesta y
rehabilitación en salvaguarda de la vida e integridad de las personas y el
patrimonio público y privado”.
Según la norma, la declaratoria
del estado de emergencia permitirá la ejecución de medidas y acciones de
excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en las zonas
afectadas, que corresponda.
Los Gobiernos Regionales de
Loreto y de Cajamarca y con sus gobiernos locales comprendidos, con la
coordinación técnica y seguimiento del Indeci, y la participación de los
ministerios de Salud, Educación, Agricultura y Riego, Vivienda, Construcción y
Saneamiento, Transportes y Comunicaciones, Interior, Defensa, de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables, Desarrollo e Inclusión Social, Trabajo y Promoción del
Empleo, de la Producción; y Energía y Minas; ejecutarán las medidas y acciones
de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la respuesta y
rehabilitación de las zonas afectadas, indica la norma.
El D.S. N° 098-2019-PCM subraya
que dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las
intervenciones y evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades
y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas
en los estudios técnicos de las entidades competentes.
Por último, refiere que la
implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se
financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados,
de conformidad con la normatividad vigente.
La norma fue refrendada por el
presidente de la República, Martín Vizcarra y el titular del Consejo de
Ministros, Salvador del Solar. Además, de los titulares de Salud, Vivienda,
Construcción y Saneamiento, Agricultura y Riego, Educación, Interior, Defensa,
Transportes y Comunicaciones, Mujer y Poblaciones Vulnerables y Energía y
Minas.
Fuente: El Comercio
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Lo Mejor de ser Humano es que Tenemos la Libertad de Comentar, Pensar, Opinar.....
y Entonces por que no Comentas!!!!!