Un nuevo precedente en el Perú para la aplicación del
aborto cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la madre. Indecopi multó
con 20 UIT (S/81.000) a la clínica El Golf por no haber tramitado debidamente
la solicitud de aborto terapéutico presentada por una paciente de nombre
Vanessa.
Según la resolución de la máxima instancia de la entidad, a
la cual accedió El Comercio, el centro médico infringió los artículos 18, 19 y
67 (numeral 1) del Código de Protección y Defensa del Consumidor, referidos a
la idoneidad del servicio y a la protección de la salud.
En mayo del 2015, Vanessa denunció a la clínica El Golf ante Indecopi, aduciendo que su solicitud fue respondida 42 días después de su presentación (el 30 de enero), pese a que el protocolo del aborto terapéutico señala que el plazo no puede ser mayor de 6 días. La entidad admitió la denuncia e inició el proceso administrativo.
El centro médico dio su descargo e indicó que, “si bien no
respondió la solicitud de aborto terapéutico dentro del plazo establecido para
atender los reclamos”, Vanessa sabía que su embarazo no ameritaba un
procedimiento de este tipo porque su vida no corría riesgo.
En octubre del 2016, Indecopi declaró –en primera
instancia– infundada la denuncia de la paciente. La comisión a cargo concluyó
que la clínica no estaba obligada a responder la solicitud, dado que el doctor
Almeyda no consideró que el procedimiento fuese necesario. Se reiteró que,
según la guía técnica, el médico tratante es quien decide, a partir de los
diagnósticos, si corresponde un aborto terapéutico.
Asimismo, la comisión precisó que “no había evidencia” de que
el certificado psiquiátrico que había presentado Vanessa, el cual revelaba un
daño en su salud mental, fuese “puesto en conocimiento del médico para que lo
valore”, por lo que no procedía sancionar a la clínica en ese extremo. Vanessa
apeló esta decisión.
Por ello, Indecopi sancionó al centro médico con 20 UIT.
Vale precisar que hubo un voto singular que propuso una sanción de solo 1 UIT.
Francisco Monge, gerente legal de la clínica El Golf, explicó a este Diario que
llevarán el proceso al Poder Judicial, a través de un proceso contencioso
administrativo, para revocar la multa. “Se debe tener en cuenta que la guía
técnica fue aprobada en junio del 2014. La solicitud de la paciente se presentó
en diciembre, cuando nosotros estábamos en pleno proceso de su implementación”,
agregó.
Brenda Álvarez, abogada de la ONG Promsex, institución que
lleva el caso de Vanessa, precisó que la clínica tenía la obligación de
implementar el protocolo ni bien este fue publicado. “No haberlo implementado
en diciembre, cuando se solicitó el aborto terapéutico, puso en riesgo la vida
de la paciente”, señaló.
Fuente: El Comercio.
El aborto es un tema bastante controversial y polémico dentro de la sociedad, no todos los países los aceptan, así que es necesario que tomemos en cuenta todas las recomendaciones, para presentar una queja debemos presentar una Cita previa Inem y luego continuar.
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