Desde
el 20 de diciembre hasta el 31
de marzo del 2014, el Ministerio de la Producción (Produce)
informó que queda establecida la veda del
camarón de río, prohibiéndose su extracción, procesamiento, transporte,
comercialización, utilización y consumo a nivel nacional.
Así
la entidad pública ordenó a los pescadores, comercializadores, compradores,
cocineros y a los consumidores en general a respetar esta prohibición, para
permitir que el recurso se reproduzca en el periodo de veda y garantizar así su
disponibilidad en la mesa de los peruanos el resto del año.
De esta manera, aquellas personas naturales y jurídicas que no
cumplan con la veda serán sancionadas y multadas conforme a lo dispuesto por la Ley
General de Pesca, Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y
Sanciones Pesqueras y Acuícolas – (RISPAC) y demás disposiciones legales
vigentes.
Cabe señalar que consumir camarón de río en el periodo de veda atenta contra el proceso de maduración del crustáceo, pues por cada cola de camarón que se ingiere se pierden unos 2.500 huevos, interrumpiendo así el ciclo vital de esta especie.
Cabe señalar que consumir camarón de río en el periodo de veda atenta contra el proceso de maduración del crustáceo, pues por cada cola de camarón que se ingiere se pierden unos 2.500 huevos, interrumpiendo así el ciclo vital de esta especie.
El
Ministerio de la Producción habilitó una línea telefónica y correo electrónico
para recibir denuncias contra quienes incumplan la norma: 616-2222,
anexo 1531, denuncias@produce.gob.pe.
Fuente: RPP
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