El Gobierno ha prohibido las
llamadas, mensajes de texto y mensajes electrónicos de empresas para promover
servicios y productos a los usuarios que no hayan dado su consentimiento para
esta práctica. La medida se dictó este miércoles a través de un decreto
legislativo que modifica, entre otros, el artículo 58 del Código de Protección
y Defensa al Consumidor.
“Están prohibidas todas aquellas
prácticas comerciales” que empleen “centros de llamada (call centers), sistemas
de llamado telefónico, envío de mensajes de texto a celular o de mensajes
electrónicos masivos para promover productos y servicios, así como prestar el
servicio de telemercadeo, a todos aquellos números telefónicos y direcciones
electrónicas de consumidores que no hayan brindado a los proveedores de dichos
bienes y servicios su consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco,
para la utilización de esta práctica comercial”, dice el texto.
El decreto agrega que "este
consentimiento puede ser revocado, en cualquier momento y conforme a la
normativa que rige la protección de datos personales". Para sustentar la
medida, el Gobierno recordó que el "derecho de todo consumidor a la
protección contra los métodos comerciales agresivos o engañosos implica que los
proveedores no pueden llevar a cabo prácticas que mermen de forma significativa
la libertad de elección del consumidor a través de figuras como el acoso, la
coacción, la influencia indebida o el dolo".
Fuente: RPP
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