El Consejo de Ministros aprobó ayer la
modificación del Código Penal para sancionar hasta con 12 años de prisión las
formas agravadas de acoso sexual callejero. Esta pena se aplicará si la víctima
es menor de 14 años y si el acto tiene carácter degradante o produce grave daño
en la salud física o mental que el agresor pudo prever.
Para los tocamientos indebidos de partes
íntimas o “actos libidinosos contrarios al pudor” se aplicará una sanción no
mayor de tres años.
La pena podría llegar hasta los cinco
años si para cometer estos hechos se hace uso de la violencia o amenazas. El
castigo podría llegar a los siete años si el agredido tiene entre 14 y menos de
18 años, tal como lo señala el proyecto de ley.
Al respecto, la ministra de la Mujer,
Carmen Omonte, indicó que con esta iniciativa “se mejorará la tipificación del
delito y se protegerá a mujeres adultas así como a niñas, niños y adolescentes
de este tipo de situaciones perversas”.
Fuente: Perú 21
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