El congresista Yonhy Lescano consideró que debe dejarse sin efecto la guía para el “aborto terapéutico”, porque el supuesto consenso de las sociedades médicas del Perú, para la identificación de los diez casos en los que es procedente la interrupción del embarazo, data de hace nueve años (del 2005), lo que lo hace obsoleto al no incorporar los avances médicos de los últimos años.
Agrega que además de los 10 casos expresos en los que puede aplicarse, “se incluye un caso 11 donde se incorpora cualquier otra patología materna que ponga en riesgo la vida de la gestante”, es decir, “la causa será discrecional de la junta médica, o en su caso, simplemente del médico tratante, ya que la norma faculta a que en ciertos casos, sea un solo médico el que decida si cabe realizar un aborto”.
Y en la práctica –comentó- la decisión será de la Junta Médica o del médico tratante, y no de la gestante, ya que el supuesto “consentimiento informado” de ésta, no será tal por la asimetría de información entre ambas partes.
Por ello consideró que “debe rechazarse que en todos los formularios sobre ‘consentimiento informado’ se anoten párrafos abusivos donde se hace ‘consentir’ a las afectadas hechos que no se dan o no se cumplen, como que: “la decisión de hacerme este procedimiento es absolutamente mía”, o “todas mis preguntas han sido contestadas en forma satisfactoria”; y peor aún, se tiene que rechazar el párrafo que dice: “eximo de responsabilidades a los médicos tratantes”.
Este último párrafo de exención total de responsabilidad ante al procedimiento, es totalmente nulo conforme al Código de Protección y Defensa del Consumidor”.
Fuente: LA RAZÓN
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