martes, 26 de noviembre de 2013

Se aprueba Ley que establece multas para funcionarios sentenciados por corrupción


El Gobierno oficializó la Ley Nº 30111 que incorpora la pena de multa para los delitos cometidos por funcionarios públicos, como concusión, colusión, peculado doloso u culposo, malversación y cohecho pasivo, entre otros.

En el caso de concusión, el servidor público será reprimido tanto con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de ocho años, como con 180 a 365 días-multa.

Para la colusión simple y agravada para defraudar al Estado o entidad u organismo estatal, el funcionario enfrentará una pena no menor de tres ni mayor de seis años y, además, 180 a 365 días-multa.

La sanción para peculado doloso o culposo será privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y también con 180 a 365 días-multa; esto último podría variar cuando el valor de lo apropiado sobrepase las diez unidades impositivas tributarias.

En ese caso será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de 12 años y adicionalmente con 365 a 730 días-multa.

También están comprendidos delitos como cohecho pasivo impropio, corrupción pasiva de auxiliares jurisdiccionales, cohecho activo genérico, cohecho activo trasnacional, aprovechamiento indebido de cargo, tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito.

La ley fue publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.


Fuente: ANDINA

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