viernes, 16 de diciembre de 2011

Congreso aprobó "ley mordaza"

Difusión de audios “sin contenido delictivo perseguible” sería penado, de ser promulago por el Ejecutivo
El Congreso de la República aprobó en dos votaciones consecutivas el proyecto de ley que sanciona con no menor de dos años ni mayor a cuatro años de prisión a quienes difundan interceptaciones telefónicas que “no tenga un contenido delictivo perseguible” o que “contravenga el ordenamiento legal vigente”.  La iniciativa, presentada por Javier Bedoya de Vivanco, quedó para su promulgación u observación por el Ejecutivo.

El proyecto, que modifica el artículo 162 del Código Penal, obtuvo 93 votos a favor, uno en contra y cuatro abstenciones en la primera votación y en la segunda, 87 votos a favor, cero en contra y ocho abstenciones.

“El que, indebidamente, interfiere, escucha o difunde una comunicación privada, independientemente del medio a través del cual haya tenido lugar, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años”, señala el texto de la nueva norma.

Daniel Abugattás, presidente del Congreso, además de respaldar la nueva medida, negó que se trate de una “ley mordaza”, por lo que recomendó a los medios tomar sus precauciones previo a hacer público algo.  “Yo preferiría tener un documento del Ministerio Público que me diga que hay todos los indicios para un delito”, dijo en Canal N.

Al intentar defender su postura, el legislador dijo que el “chuponeo” es un acto ilícito. “Todo lo relatado en el tema de los ‘petroaudios’ no tiene ningún valor jurídico”, acotó, tras señalar que los medios formales no podrían hacer público el material obtenido por interceptación, pero sí terceras personas mediante diferentes herramientas de comunicación, porque eso “no está regulado”.

Fuente: Perú21.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Lo Mejor de ser Humano es que Tenemos la Libertad de Comentar, Pensar, Opinar.....
y Entonces por que no Comentas!!!!!